Dícese (que ponían antes los diccionarios) de la dermatosis
generalmente crónica. Y eso tiene que escocer bastante. Es la enfermedad que
padece desde hace mucho tiempo el exministro José Manuel. Como ya no sale tanto
en la tele como antes, no sé si continúa con su tic nervioso a la altura del
cogote. Me imagino que lo habrá cambiado por el típico rascón o rascado: acción
de frotar fuertemente la piel con algo agudo o áspero, y por lo regular con las
uñas.
Entiende nuestro personaje que la libertad de expresión y el
derecho a opinar, sobre todo de personajes públicos, como lo ha sido él siempre
hasta que por mentiroso se tuvo que largar, son puras entelequias y que son su
imagen y su honor los únicos paraguas que entran en juego cuando de presentar
informaciones acerca de sus andanzas se trata. Llegó a considerarse tan
intocable que se ha fabricado tal entramado de mentiras, o medias verdades, que
hasta el mismo se las creyó. Alcanza su prepotencia límites insospechados.
Tanto que, perdida la sensatez, se embarca en cruzadas tan imposibles como temerarias.
Pero nada se interpone ante este moderno Cid Campeador. Y a la mínima, llama a
sus abogados (con uno no le basta) para que le acompañen en su guerra santa
contra los periodistas que no le doran la píldora. Los leguleyos le advierten
que hay misiones imposibles. Y él se pone muy serio: Oiga, mire usted, que yo
pago…
La última, la sentencia 51/2017 del Juzgado de 1ª Instancia
nº 99 de Madrid, dictada por el magistrado don Ramón Badiola Díez este pasado
día 14. El señor Soria López interpuso una demanda porque en el periódico
digital el diario.es/canariasahora se publicó la noticia de que había pasado
unos días, siendo ministro de Industria, Energía y Turismo, en el hotel Breathlees
Punta Cana Resort, invitado por el propietario del Grupo Martinón. A lo que el
también expresidente del Partido Popular en Canarias, en vez de estarse
calladito, porque mejor que él nadie sabía que había ido de gorra (como cuando
fue a pescar salmones o cuando vivió en cierto chalé y vete tú a saber si
levantamos la alfombra), denuncia a Carlos Sosa (a quien no puede ver ni en
pinta, como tampoco a su pareja, Victoria Rosell; y a las andanzas judiciales
anteriores me remito) y a Nacho Escolar, saltó como un quíquere y en el juzgado
nos vemos porque los datos son falsos, yo pagué con tarjeta y se ha vulnerado mi
derecho al honor con esta intromisión ilegítima.
Y chocaron los trenes. No me malinterpretes, me refiero a la
colisión entre dos derechos fundamentales reconocidos en la Constitución
Española: el citado derecho al honor y el de la libertad de información, en el
que prevalece el segundo (sentencia del Tribunal Supremo de 6 de marzo de 2013)
siempre que exista relevancia o interés general de la noticia y veracidad de la
información.
De los Fundamentos de Derecho que argumenta el magistrado
(apartado tercero), transcribo: El Sr.
Soria era Ministro de Ministro de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de
España en la fecha de la publicación, y es evidente que a los ciudadanos no les
puede resultar indiferente la noticia de que un miembro del Gobierno disfrute
de unos días de vacaciones invitado por el propietario de un grupo hotelero.
Debe además tenerse en cuenta que el Tribunal Constitucional ha reiterado que
la ponderación entre ambos derechos debe hacerse más exigente cuando se trate
de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o
proyección pública, como es el caso, pues los
personajes públicos o dedicados a actividades que persiguen notoriedad pública
aceptan voluntariamente el riesgo de que sus derechos subjetivos de personalidad
resulten afectados por críticas, opiniones o revelaciones adversas y, por
tanto, el derecho de información alcanza, en relación con ellos, su máximo
nivel de eficacia legitimadora, en cuanto que su vida y conducta participan del
interés general con una mayor intensidad que la de aquellas personas privadas
que, sin vocación ni proyección pública, se ven circunstancialmente
involucradas en asuntos de trascendencia pública, a las cuales hay que, por
consiguiente, reconocer un ámbito superior de privacidad, que impide conceder
trascendencia general a hechos o conductas que la tendrían de ser referidas a
personajes públicos.
En el apartado quinto podemos leer: Consta acreditado en autos que por parte del informador y del medio que
publicó la noticia se realizó una exhaustiva labor encaminada a contrastar la
veracidad de la noticia, llegando incluso a desplazarse el Sr. Sosa al hotel en
el que se alojó el Sr. Soria y comprobar "in situ" todos los extremos
necesarios para comprobar que la noticia podía publicarse por ajustarse a la
realidad. Consta probado asimismo en autos que el Sr. Soria no pagó la estancia
en el hotel, y ello resulta evidente pues el único justificante que aportó se
refiere al abono de costes extra, pues con la cantidad abonada es impensable
que pueda pretenderse justificar el pago de la estancia en una suite de un
hotel de lujo, por lo que hay una total evidencia de que el Sr. Soria
efectivamente fue invitado por la propiedad del hotel, o lo que es lo mismo, no
se le cobró el coste del alojamiento.
Y, obviamente, el siguiente fallo: Que desestimando la demanda interpuesta a instancia de don José Manuel
Soria López contra don Carlos Ramón Sosa Báez, don Ignacio Arsenio Escolar
García y la mercantil El Diario de Prensa Digital, S.L., absuelvo de los
demandados de los pedimentos formulados en el suplico de la demanda, con
expresa imposición de costas a la parte demandante.
Ni que decir tiene que el señor Mariano sigue sin saber nada.
No le consta, como a Cristina. Y al currito protagonista de los hechos
relatados le ha salido más caro el fregado en el que se metió por propio gusto
que haber abonado la estancia en el hotel de la República Dominicana. Por
enterado. Espero que no se abra una colecta en mi pueblo para sufragar los
gastos extras del sufrido personaje público. Ni que al hermano se le ocurra
solicitar un incremento por (des)atender el alumbrado público de la Villa de
Viera. Aunque ahora todos escurrirán el bulto y alegarán que a ese señor no lo
conocen de nada.
Déjalos, ellos van cayendo. La Justicia es terriblemente
lenta, pero funciona. Y el fragmento del apartado tercero de la sentencia que he
resaltado arriba en negrita, deberá servir de recordatorio a los correveidiles
(coloquialmente, alcahuetes) de ciertos políticos locales y que reproducen
estupideces para acallar voces críticas a la gestión de sus amos. Vano intento.