lunes, 19 de febrero de 2018

La tele del Cabildo, otra vez

Comentaba Salvador García, en La hora de la verdad para una infraestructura portuaria (García en blog), que ya se había publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) una resolución del viceconsejero de Infraestructuras y Transportes del Gobierno de Canarias por la que se someten a información pública (30 días) el proyecto básico del nuevo puerto de Puerto de la Cruz (versión del 2 de noviembre de 2017) y su estudio de impacto ambiental. E instaba a cuantos han discrepado, discutido, estudiado y valorado (incluso con manifestaciones en la calle, añado yo, por no mencionar todo lo que al respecto se ha aludido en los medios de comunicación) que ya pueden ponerse a redactar los pertinentes escritos con las alegaciones a presentar ante los organismos competentes, a fin de aportar las mejoras que se entiendan necesarias. En resumen, pasar de las palabras a los hechos.
Allá por el mes de junio del pasado año hubo una campaña del Partido Popular tinerfeño, abanderada por su presidente y, al mismo tiempo, consejero insular, por la que se negaba enérgicamente a la implantación de una televisión pública por parte del Cabildo. Asimismo, recordarán ustedes que desde Los Realejos, y a través de su presidente local (sigo refiriéndome, por supuesto, al PP), Adolfo González, se planteó la posibilidad de que se presentaran enmiendas de rechazo en los ayuntamientos de la isla. Luego, mutismo absoluto. O surgieron asuntos de mayor importancia, o algún superior hizo ver a los políticos mencionados que era muy difícil conjugar esta postura con la existencia de un medio de idénticas características en el municipio. Y que si una emisora cumple con sus objetivos donde se gobierna, verbigracia, otra de semejante estructura no podía ser nefasta porque en el organismo que la pone en práctica se esté en la oposición.
Hecho que, en otro artículo de 28 de junio de 2017 (La tele del Cabildo), me indujo a demandar coherencia en los planteamientos, por lo que señalé al señor Domínguez que se atreviera a sostener similar actitud en la Villa de Viera. Ya recordarán mis estimados lectores la marimorena que se armó cuando unos pocos interpretaron lo que les vino en gana, mezclaron churras con merinas, y dispararon contra el mensajero al más puro y duro tótum revolútum. Servidumbres a pagar por entender que el artículo 20 de la Constitución también me ampara.
En el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) número 154, de 25 de diciembre de 2017, hallamos un anuncio por el que se da cuenta de que el Pleno del Cabildo Insular de Tenerife, en sesión extraordinaria celebrada el 4 del mismo mes, aprueba inicialmente la memoria para la implantación del Servicio Público de Televisión Digital Insular, así como el reglamento regulador de la prestación del referido servicio, y se abre el plazo de exposición pública durante 30 días naturales.
En el BOP número 21, de 16 de febrero de 2018, otro anuncio del Cabildo en que el podemos leer: “Al no haberse presentado reclamaciones o alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial”.
A uno no le queda más remedio que preguntarse si valió la pena tanto alboroto para después ‘ausentarse’ de esta manera. A la hora de la verdad, a recular y aquí no ha pasado nada. Se tuvo el consabido minuto de gloria, y adiós muy buenas. A lo peor estuvieron los opositores de meses atrás durante los 30 días del plazo en la cola de la autopista sin encontrar una salida. Es que el malvado Alonso no piensa sino en sí mismo y vendiendo humo todo el día.
Del reglamento antedicho entresaco estos pasajes con el ruego de que todos los tengamos en cuenta, por arriba de cualquier circunstancia y para que la información sea siempre “completa, accesible, actualizada y veraz”.
Principios de la función del servicio público insular de televisión (entre otros):
Estimular la participación democrática de la ciudadanía. El apoyo a la integración social de las minorías y la atención a grupos sociales con necesidades específicas. La promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, el respecto a la diversidad y a la diferencia, la integración de la perspectiva de género, el fomento de acciones positivas y el uso de lenguaje no sexista. El respeto al pluralismo político, cultural, ideológico y social. La contribución a la formación de una opinión pública plural. El respeto a la libertad de expresión y de información. Informar con objetividad, veracidad e imparcialidad. La separación entre información y opiniones.
Derechos de los usuarios (entre otros):
Expresar sus quejas por escrito, que deberán ser contestadas obligatoriamente. Una información veraz, objetiva y rigurosa de las distintas noticias insulares. Participar en debates y programas. Que sean respetadas sus creencias y opiniones. Recibir una comunicación que refleje el pluralismo ideológico, político y cultural de la sociedad. Que la comunicación informativa se elabore de acuerdo con el deber de diligencia en la comprobación de la veracidad de la información.
Son unas pinceladas apenas. Nada nuevo, de otra parte, para lo que se le presupone a un medio de titularidad pública. Ojalá lo tengan siempre presente. Y ya que el PP no tuvo tiempo de alegar nada cuando le tocaba (se colige que esté de acuerdo con estas normas básicas que rigen la convivencia de cualquier aspecto social), espero y deseo que tome debida nota y aplique el tratamiento en las instituciones que gobierna, ya sea el ayuntamiento de Güímar o el más cercano de Los Realejos.

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